Reglamento General de Vehículos

Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.


**********************

CAPÍTULO II
CICLOS, VEHÍCULOS DE TRACCIÓN ANIMAL Y TRANVÍAS

Artículo 22. Ciclos y bicicletas.


1. Los ciclos, para poder circular, deberán disponer de:
  • Un sistema adecuado de frenado que actúe sobre las ruedas delanteras y traseras.
  • Un timbre, prohibiéndose el empleo de otro aparato acústico distinto de aquél.
2. Además, para circular de noche, por tramos de vías señalizados con la señal de túnel o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, los ciclos, exceptuando las bicicletas, deberán disponer de:
  • Luz de posición delantera y trasera.
  • Catadióptricos traseros y laterales no triangulares.
  • Catadióptricos en los pedales.
3. Las bicicletas y las bicicletas con pedaleo asistido corresponderán a tipos homologados, según la reglamentación que se recoge en el anexo I.

4. Las bicicletas, para circular de noche, por tramos de vías señalizados con la señal de túnel o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, deberán disponer de los siguientes dispositivos: Luz de posición delantera y trasera, catadióptrico trasero, y podrán disponer de: catadióptricos en los radios de las ruedas y en los pedales.

5. Todos los dispositivos a que se refiere el presente artículo estarán homologados de acuerdo con la reglamentación que se recoge en el anexo I.

6. Los ciclos y bicicletas no podrán arrastrar remolque o semirremolque alguno.


ANEXO X
DISPOSITIVOS DE ALUMBRADO Y SEÑALIZACIÓN ÓPTICA

2. Dispositivos de alumbrado y señalización óptica.
Descripción:
Ciclos, para circular de noche
Tipo de luz
Número
Color
Situación
Obligatorio o no
Luz de posición delantera
1
BLANCO
Delante
Obligatorio
Luz de posición trasera
1
ROJO
Detrás
Obligatorio
Catadióptricos traseros no triangulares
1
ROJO
Detrás
Obligatorio
Catadióptricos laterales no triangulares
1 ó 2
AMARILLO AUTO
Lateral
Obligatorio
Catadióptricos en los pedales
4
AMARILLO AUTO
2 en cada pedal
Obligatorio
Descripción:
Bicicletas para circular de noche
Tipo de luz
Número
Color
Situación
Obligatorio o no
Luz de posicion delantera
1
BLANCO
Delante
Obligatorio
Luz de posición trasera
1
ROJO
Detrás
Obligatorio
Catadióptricos traseros no triangulares
1
ROJO
Detrás
Obligatorio
Catadióptricos en los pedales
1 ó 2
AMARILLO AUTO
2 en cada pedal
Opcional
Catadióptricos en los radios de las ruedas
4
AMARILLO AUTO
Opcional